PALMA, 2 Oct. - El Consell de Govern ha aprobado este lunes el decreto de emergencia habitacional que, entre otras medidas, introduce una modificación de la ley de turismo con el objetivo de sacar al mercado las viviendas turísticas ilegales, que se estima que son el 90 por ciento de las que se están comercializando, mediante la clausura temporal de esta práctica.
El portavoz del Ejecutivo autonómico, Antoni Costa, y la consellera de Vivienda, Movilidad y Territorio, Marta Vidal, han explicado este lunes los detalles del decreto, que tenía que haber sido aprobado el viernes, pero que fue aplazado a hoy, precisamente, para acabar de introducir las medidas que afectaban al alquiler turístico.
El objetivo del texto es habilitar medidas para dar respuesta a las necesidades en materia de vivienda de amplios segmentos de la población en las Islas, con un consumo cero de territorio, puesto que afectan a áreas urbanas de los municipios, y con un coste cero para las finanzas públicas, dado que cuentan con la iniciativa privada para su ejecución bajo una regulación pública.
A grandes rasgos, el texto contiene medidas para habilitar la reconversión de locales y alojamientos turísticos obsoletos en viviendas, el incremento de alturas y la división de inmuebles para crear viviendas más pequeñas.
El texto será publicado entre este lunes y este martes en el BOIB y, según han adelantado, se tramitará como proyecto de ley para que los grupos parlamentarios puedan hacer aportaciones en busca del consenso.
Costa ha reivindicado el "cambio total y absoluto" en las políticas de vivienda, mientras que Vidal ha defendido que la administración está "obligada" a buscar una solución al problema del acceso a la vivienda y que en este caso se dirige a las rentas medias sin dejar de construir vivienda protegida para colectivos vulnerables.
El decreto de emergencia habitacional introduce igualmente la definición de alojamiento con espacios comunes complementarios (coliving y cohousing), nueva tipología residencial que da respuesta a nuevos modelos de convivencia.
Además, desvincula la situación urbanística de una edificación existente de sus condiciones de habitabilidad, para facilitar la concesión de cédulas de habitabilidad a las viviendas que cumplan estas condiciones, con independencia de la situación urbanística, que seguirá el régimen establecido en la ley de urbanismo.
Para la implantación de la nueva figura, el Decreto ley prevé la creación del Registro autonómico de viviendas de precio limitado con carácter administrativo, autonómico y público con el fin de garantizar la efectividad, el control y la información pública de estas viviendas.
Este Registro, en el que se tendrán que inscribir las viviendas que reúnan los requisitos previstos en la normativa, permitirá facilitar la gestión y el control del uso de estas viviendas (uso propio, venta, alquiler o alquiler con opción a compra) para eliminar cualquier tipo de fraude en las primeras y posteriores transmisiones.
En cuanto a los beneficiarios de las viviendas de precio limitado, se establecen una serie de requisitos: tiene que ser una persona mayor de edad, tiene que tener la residencia permanente en Baleares, no puede acceder una persona que ya sea propietaria de pleno dominio de otra vivienda y la nueva vivienda tendrá que constituir su domicilio habitual y permanente.