• viernes 24 de marzo del 2023

Baleares registra 2.461 delitos y faltas por ocupación de inmuebles desde 2015 hasta noviembre de 2022

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PALMA, 20 Feb.

Baleares registró 2.461 delitos y faltas por ocupación de inmuebles desde 2015 hasta noviembre de 2022, según hace aparición reflejado en una contestación del Gobierno central a una pregunta redactada realizada por múltiples miembros del congreso de los diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, entre ellos la balear Marga Prohens.

En preciso, los populares preguntan sobre el número de inmuebles ocupados, según los datos de la Secretaría de Estado de Seguridad, tal como por la información que tiene el Ministerio de Justicia sobre casas expulsadas en los años 2015 y 2022 en la Comunidad.

Sólo entre enero y noviembre de 2022, Baleares ha sumado 373 delitos y faltas de estas especificaciones. Cabe indicar que la cifra se había mantenido entre los 221 del año 2015 y los 325 de 2020 pero el año 2021 esta clase de accidentes se dispararon hasta los 509.

Estos datos contabilizan los hechos relacionados con la ocupación de inmuebles en Baleares y populares por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el ámbito de competencias del Ministerio del Interior.

En relación con las cuestiones elaboradas por los miembros del congreso de los diputados del PP, el Gobierno central aclara que bajo el término "ocupación de inmuebles" se están introduciendo diversos tipos de delitos del Código Penal.

Por un lado, precisa, se incluye el allanamiento de morada (producto 202) y, por otra parte, la usurpación de inmuebles (producto 245), sea con crueldad o no, y sean residenciales o no.

En ese sentido, señala que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) actúan "con arreglo al ordenamiento jurídico vigente, de manera urgente y apremiante en la situacion de allanamiento de morada, desalojando las casas inmediatamente, siempre y cuando se tenga permiso del morador y este haya anunciado una demanda".

Por otro lado, añade, las FCSE asimismo actúan en la situacion de las usurpaciones de inmuebles, residenciales o no, pero que no son morada.

Aquí, según precisa, el seguir de las FCSE "está sujeto a una orden judicial de desalojo anterior, aparte de la intención manifiesta del dueño de recobrar su propiedad, a menos que logren intervenir en el instante en el que se está cometiendo el delito y sea con crueldad o intimidación, en tal caso las FCSE si tienen la posibilidad de desocupar las situaciones de usurpación en el instante".

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