• domingo 2 de abril del 2023

Culpado a ocho meses de prisión un detective de 56 años por abusar sexualmente de una becaria de su despacho

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El acusado era amigo del padre de la víctima, una estudiante de criminología

PALMA, 16 Feb.

La Audiencia Provincial de Baleares ha impuesto una condena de ocho meses de prisión a un detective de 56 años por abusos sexuales a la hija de un amigo, de 27 años, que además de esto fue becaria en el despacho en el que trabajaba, en Palma.

El Tribunal ha aplicado una atenuante de dilaciones incorrectas, por el tiempo en el que estuvo paralizada la causa, y otra atenuante de reparación del daño, por el pago de 8.000 euros consignados por el acusado para indemnizar a la víctima.

Además de la pena de prisión, se impone al acusado una medida de independencia observada y una orden de alejamiento a favor de la víctima a lo largo de un par de años. Igualmente La Audiencia le condena en costas, dentro la del letrado de la denunciante.

En el juicio, el detective negó los abusos asegurando que la relación fue "una cosa permitida y con perfección consensuada entre 2 personas adultas". La Fiscalía solicitaba una lástima de cinco años de prisión, al tiempo que la acusación especial pedía diez años de prisión y 60.000 euros de indemnización.

La víctima era una estudiante de criminología y conocía al acusado pues era amigo de su padre y pues había trabajado con él a lo largo de unas prácticas. La sentencia, a la que tuvo ingreso Europa Press, ha proclamado demostrado que, una noche de noviembre de 2017, los dos estuvieron en una comida en un lugar de comidas a la que asimismo asistieron el padre de la chavala y otros populares.

En la cena se han quedado comentando el detective y la estudiante hasta el momento en que en torno a la medianoche salieron del local. La sentencia afirma que la víctima no tenía sus facultades canceladas pero sí perjudicadas por el alcohol, y que aceptó que el hombre la llevara en turismo.

En este punto las ediciones de los dos diferían, ya que el hombre aseguraba que la joven se le había insinuado y ella lo desmintió. La sentencia se restringe a señalar que "por situaciones no acreditadas" los dos acabaron en la casa del acusado, donde sucedieron los abusos.

En un instante particular, la chavala fue al baño a devolver y abandonó el residencia. Tras esto, al llegar a su casa se cayó y enfrente de su madre solo repetía la expresión "qué asco, qué asco", como ha adelantado el períodico 'Última Hora'.

A pesar de que las pruebas reafirmaron que en la ropa de la víctima había restos de semen del acusado y en un hisopo vaginal se advirtió su saliva, la sentencia solo ha proclamado acreditado que tocó los pechos a la vítima y le besó en la región periférica del pubis.

Esto es porque los especialistas encargados de realizar el informe pericial sobre el ADN no fueron quienes han tomado las muestras, y la defensa sugirió que se lograron contaminar en el instante de conseguirlas.

Puesto que no fueron interrogados los facultativos que han tomado las muestras, ni se practicó ninguna prueba en el juicio sobre la mecánica para recogerlas, la Sala cree que se expone una duda "razonable".

Mientras, la Sala considera "sin importancia" para la calificación jurídica que se encontrase semen del acusado, ya que solo apunta a "la realización de actos de carácter sexual no ciertos".

Por otro lado, el Tribunal sí comprende que el detective "se aprovechó del estado de embriaguez en el que se encontraba" la víctima, y de su situación como amigo de su padre y trabajador del despacho donde había sido becaria.

Con todo, comprende que estas situaciones asistieron "al acusado en la producción de los hechos" hasta el momento en que la víctima ha podido reaccionar, pero no ve una "manifiesta superioridad" por la diferencia de edad que deje estimar "vulnerable" a la víctima para utilizar un tipo mucho más agravado.

La sentencia no es estable y contra ella cabe recurso frente al Tribunal Superior de Justicia (TSJIB).

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