Crónica Baleares.

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Desestiman la apelación de Bauzá por advertencia de acoso en la Eurocámara.

Desestiman la apelación de Bauzá por advertencia de acoso en la Eurocámara.

Bruselas, 19 de noviembre. El Tribunal General de la Unión Europea ha decidido hoy desestimar el recurso interpuesto por José Ramón Bauzá, ex eurodiputado de Ciudadanos, contra la sanción impuesta por el Parlamento Europeo a causa de acusaciones de acoso hacia un miembro de su equipo durante su mandato.

Este caso tiene sus orígenes en 2022, cuando un asistente de Bauzá presentó una denuncia formal de acoso psicológico ante el órgano pertinente de la Eurocámara. A raíz de esta denuncia, se inició una investigación que culminó en febrero de 2024 con la decisión de la presidenta del Parlamento, Roberta Metsola, quien comunicó la amonestación al ex eurodiputado, luego de corroborar las acusaciones de acoso.

El informe del Parlamento evidenció una serie de comportamientos inadecuados por parte de Bauzá, como la exigencia de disponibilidad continua de su asistente, abarcando las veinticuatro horas del día, incluidas noches, festivos y vacaciones.

Adicionalmente, se documentaron comentarios despectivos y hostiles de Bauzá hacia el denunciante, ilegitimando los comentarios y tareas domésticas fuera del ámbito de trabajo asignado, así como instrucciones contradictorias que complicaban aún más la relación laboral.

La sanción impuesta por la presidenta de la Eurocámara se tradujo en una “amonestación”, una medida disciplinaria que a pesar de ser severa, no conlleva la suspensión del salario, del derecho a voto o de las dietas correspondientes. En su momento, Metsola indicó que Bauzá optó por no apelar esta decisión ante las instancias internas del Parlamento.

No obstante, el político de línea conservadora llevó su caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), cuya sentencia en primera instancia ha sido emitida hoy, desestimando el recurso presentado. El tribunal sostuvo que Bauzá no logró demostrar que el comité responsable de la investigación superara sus facultades.

La decisión judicial también respaldó la labor del comité en la evaluación de la veracidad de los testigos y en los procedimientos seguidos, tal como se explicó en la resolución de sanción emitida por Metsola. Sin embargo, el Tribunal consideró que el lapso de once meses para resolver el caso fue “excesivo” y enfatizó la necesidad de que este tipo de situaciones se manejen con “diligencia” y “celeridad” debido a su naturaleza sensible. A pesar de este hallazgo, no se considera que el retraso justifique la anulación de la decisión tomada.