• sábado 1 de abril del 2023

El aire acondicionado en las edificaciones públicos de la CAIB tampoco va a poder estar a menos de 27 grados

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PALMA, 5 Ago.

La Dirección General de Energía y Cambio Climático, adscrita a la Vicepresidencia y Conselleria de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, ha enviado este viernes una instrucción interna con las directivas básicas de ahorro y eficacia energética en inmuebles y también instalaciones de la CAIB y el ámbito público instrumental, entre aquéllas que incluye que la temperatura del aire acondicionado no sea inferior a 27 grados.

En una publicación oficial, la Conselleria de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática indicó que el propósito es ahorrar entre un 15 y un 25% de energía.

Entre las medidas a adoptar están aquellas similares con el cuidado de las instalaciones fotovoltaicas en servicio, el control de la iluminación y de la climatización de las instalaciones, el control de la administración y desempeño de los equipos ofimáticos, la reducción de consumos indirectos de energía y elementos naturales, o el impulso de la movilidad sostenible.

Estas medidas, con las que se trabajaba hace semanas, se han actualizado con las aprobadas por el Gobierno esta semana con el Real Decreto-ley 14/2022.

En expresiones del conseller de Transición Energética, Juan Pedro Yllanes, "vivimos una situación de crisis energética gracias a la guerra en Ucrania, pero no debe eliminar el foco de la urgencia climática que proseguimos viviendo. Por ello, las medidas que tomamos como Govern son fundamentales y se alinean completamente con las aprobadas por el Gobierno del Estado. Reducir el consumo energético es fundamental asimismo para conseguir los objetivos climáticos".

El directivo general de Energía y Cambio Climático, Pep Malagrava, ha apuntado que se ha elaborado una instrucción que quiere achicar el consumo energético hasta en un 25% "sin perder confort". "Las gestiones públicas, como enormes usuarios, debemos ofrecer ejemplo y ser los primeros en realizar esta reducción de consumo, por conciencia climática y para probar que tenemos la posibilidad de vivir y trabajar igualmente bien con menos", indicó.

Además, ha continuado, "entre las medidas clave es la supervisión por la parte de todos y cada uno de los centros de coste de la CAIB que van a hacer que cualquier desvío en el consumo se corrija inmediatamente. Así, proseguimos impulsando el plan de autoconsumo y nos encontramos preparando un plan de substitución de luminarias para ser todavía mucho más eficaces".

En relación con el cuidado de las instalaciones fotovoltaicas en servicio, hoy día la administración autonómica tiene 66 instalaciones con una capacidad total de 4.131 kW. Con esta instrucción desea garantizarse el acertado desempeño de estas instalaciones y sostener los resultados positivos de ahorro energético, económico y ambiental que suponen.

En cuanto a las instalaciones de iluminación, la instrucción apunta que tienen que examinarse de manera periódica y rememorar a todos y cada uno de los individuos y al personal de limpieza que las luminarias se paren en horario no laboral y, en el momento en que resulte posible, a lo largo de las ausencias en el sitio de trabajo, por poner un ejemplo, en el momento en que se hagan visitas ajenas o a lo largo del tiempo de merendar.

En este sentido, el iluminado de inmuebles públicos se va a deber sostener apagado desde las 22.00 horas si estos inmuebles están desocupados a esa hora. Por otro lado, las luminarias de las dependencias no ocupadas permanentemente como guardes, corredores, etcétera., tienen que mantenerse apagadas.

En cuanto a los sistemas de climatización que usan energías comúnes, la instrucción técnica complementaria IT 3.8 del RITE, cambiada por el Real Decreto-ley 14/2022 establece una restricción de las temperaturas del aire para inmuebles de empleo administrativo y pública concurrencia, de forma que en los circuitos calefactados no tienen la posibilidad de superarse los 19°C y en los refrigerados no va a ser inferior de 27°C.

Por otro lado, la climatización de las dependencias no ocupadas permanentemente como guardes, corredores, etcétera., van a poder mantenerse paradas o, en el momento en que no resulte posible, con temperaturas de consigna menos rigurosos que las ubicaciones con ocupación persistente. Se cree que una variación de 1°C crea un ahorro aproximado de un 7% en climatización.

Se examinará de manera periódica y se recordará a todos y cada uno de los individuos y al personal de limpieza que los sistemas de climatización tienen que parar en horario no laboral y, en el momento en que resulte posible, a lo largo de las ausencias en el sitio de trabajo, por servirnos de un ejemplo, en el momento en que se hacen visitas ajenas o a lo largo del tiempo de merendar, si hablamos de equipos particulares o si la dependencia que ajustan queda completamente desocupada.

Así mismo, en lo que se refiere al tema de eficacia energética, debe apuntarse que la Dirección General de Energía y Cambio Climático está preparando un plan de substitución de luminarias comúnes por otras mucho más eficaces en todas y cada una de las dependencias de la administración autonómica y su campo público instrumental. El empleo de luminarias mucho más eficaces, tipo LED, tienen la posibilidad de sospechar un ahorro próximo al 60% en relación a las de tipo fluorescente y superior en la situacion de las de tipo incandescente.

Por otro lado, los centros de coste de la administración autonómica de Baleares y su campo público instrumental con consumo energético de forma anual igual o mayor a los 5 GWh tienen que designar por lo menos un individuo con capacitación universitaria en temas de energía dedicado, en única, a la labor de administración energética de los propios abastecimientos y también instalaciones. Así mismo, los recursos con un consumo energético de forma anual mayor a los diez GWh tienen que contar con por lo menos de un individuo con titulación de capacitación profesional en temas de energía, encargada de su administración energética.

En el período de diez días, desde la fecha de publicación de la instrucción, los consellers tienen que hacer llegar a la Dirección General de Energía y Cambio Climático esas personas de su unidad servible y de los entes que dependan que hayan sido designadas como administradores energéticos locales.

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