El Gobierno se opone a deducción balear para promover alquileres a largo plazo, argumentando cuestiones competitivas.
El Gobierno del Estado ha puesto en tela de juicio un polémico artículo de la Ley de Presupuestos Generales de Baleares para el año 2024 relacionado con una deducción en el IRPF para promover alquileres a largo plazo, argumentando que la Comunidad se ha extralimitado en sus competencias.
Ante esta situación, el Govern y el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática han comenzado una ronda de conversaciones para resolver esta discrepancia y así evitar la escalada de un posible recurso al Tribunal Constitucional, un acuerdo que ha sido publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Fuentes de la Conselleria han señalado a Europa Press que trabajarán arduamente para "salvar" esta deducción, considerada de gran importancia al abordar un tema tan crucial en Baleares como lo es el acceso a la vivienda.
En este sentido, el conseller de Economía, Hacienda e Innovación, Antoni Costa, ha subrayado que el propósito de la deducción es incentivar a los propietarios a poner sus viviendas en el mercado, con el fin de abordar el "grave" problema de oferta en Baleares.
La Comunidad defiende que la regulación del impuesto sobre la renta le otorga suficiente capacidad normativa para aplicar, dentro de sus competencias, esta deducción tal y como fue redactada en los presupuestos.
De todas formas, el Govern tiene previsto reunirse con el Estado con el objetivo de llegar a un consenso y se muestra dispuesto a realizar las modificaciones necesarias para mantener esta deducción.
El artículo afectado forma parte de una de las disposiciones finales del texto de la ley. Establece una deducción del 30 por ciento de los importes obtenidos por los propietarios que alquilen sus viviendas a largo plazo durante el período impositivo, con un tope máximo de 3.600 euros anuales, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos, incluido un contrato de al menos cinco años.
Además, el artículo también contemplaba una deducción del 75 por ciento de los gastos pagados por el contribuyente durante el ejercicio en concepto de primas de seguros que cubran total o parcialmente el impago de las rentas, en contratos de al menos un año.
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