Crónica Baleares.

Crónica Baleares.

El Tribunal Supremo impone 5 años de prisión a un joven por agresión sexual, reconociendo además exhibicionismo y manipulación.

El Tribunal Supremo impone 5 años de prisión a un joven por agresión sexual, reconociendo además exhibicionismo y manipulación.

En una reciente decisión, el Tribunal Supremo ha aumentado la condena a un joven de Baleares a cinco años y cuatro meses de prisión por un caso de agresión sexual a una menor. La nueva sentencia también incluye cargos adicionales de exhibicionismo y captación de menores, que se han tratado de manera separada.

La resolución, que ha sido divulgada por Europa Press, responde a un recurso presentado por la Fiscalía en contra de decisiones anteriores que únicamente sancionaban al acusado por la agresión sexual. El alto tribunal ha mantenido la pena original de dos años y medio, pero ha añadido nuevos delitos que conllevan más tiempo en prisión.

De acuerdo con los hechos descritos, el acusado y la víctima, ambos estudiantes en el mismo instituto, comenzaron a intercambiar mensajes a través de redes sociales cuando él tenía 18 años y ella solo 13. Desde entonces, el joven empezó a enviarle fotografías desnudo y a solicitarle imágenes similares, presionándola de manera insistente.

La resolución judicial detalla que, ante la negativa de la menor, el joven llegó a amenazarla, incluso enviándole una imagen de un cuchillo, asegurando que si no cumplía con sus exigencias, le haría daño a ella y a su familia. Esta coerción llevó a la menor a enviarle algunas fotos, pero el acusado continuó solicitando más, intensificando sus amenazas de difundir lo que ya poseía si ella se negaba.

Además, el tribunal recoge varios incidentes de acoso, como cuando el joven intentó besar a la chica a la fuerza y otro momento en que la persiguió y la agredió físicamente tras su rechazo a mantener relaciones sexuales.

Los magistrados señalaron que la menor ha sufrido un síndrome de estrés postraumático que ha afectado gravemente su salud mental y su rendimiento académico, requiriendo un prolongado tratamiento psicológico para ayudarla a recuperarse.

La Fiscalía argumentaba que la sentencia anterior era insuficiente al haber condenando al joven solo por agresión sexual y por una multa por lesiones, lo que motivó el recurso. Según los jueces, los delitos de exhibicionismo y captación de menores para la producción de pornografía no pueden considerarse absorbidos por la agresión sexual, lo que llevó a la revisión de la sentencia.

Argumentaron que las acciones del acusado se desarrollaron de manera independiente y en distintos momentos, afectando diferentes bienes jurídicos. El tribunal subrayó que la condena anterior había cometido un error al aplicar incorrectamente el principio de consunción, dejando sin respuesta penal los otros delitos cometidos por el joven.

Finalmente, el Tribunal Supremo concluyó que las agresiones mencionadas no tienen relación alguna con los actos de exhibicionismo y corrupción de menores que se le imputaban al acusado y que fueron debidamente probados en el juicio.