PALMA, 30 de septiembre. La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha decidido admitir a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por el Gobierno balear en relación con el Real Decreto 743/2025, promulgado el 26 de agosto. Este decreto establece la capacidad ordinaria del sistema de protección de menores extranjeros no acompañados en las distintas comunidades y ciudades autónomas del país.
El día de hoy, la Conselleria de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local ha explicado que, en el recurso aceptado, el Ejecutivo de las Islas Baleares pone de relieve la creciente presión que enfrenta el sistema de protección de menores, especialmente en lo que respecta a los niños y adolescentes migrantes no acompañados. Esta situación ha sido objeto de preocupación tanto por parte del Gobierno como de los Consells, quienes ya habían denunciado esta coyuntura en varias ocasiones, respaldados por informes de la Conselleria de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia.
La impugnación se fundamenta en que la capacidad ordinaria asignada a Baleares, que se sitúa en 406 menores, proviene de una regulación que carece de criterios claros y justificados. Esto, según el Govern, resulta en un proceso "opaco y arbitrario" que favorece a algunas comunidades en detrimento de otras, además de vulnerar el principio constitucional de solidaridad interterritorial, afectando de este modo los intereses legítimos de la comunidad balear.
Con esta admisión, el Tribunal Supremo comenzará a procesar el recurso que fue presentado el 24 de septiembre de 2025 por la Abogacía de la Comunidad Autónoma, habiendo recibido previamente la autorización del Consell de Govern.
Este recurso se suma a otros dos previamente interpuestos por la Abogacía de Baleares que ya cuentan con la aceptación del tribunal. Uno de estos recursos fue dirigido al Tribunal Constitucional, cuestionando el Real Decreto-ley 2/2025, del 18 de marzo, por su impacto en las competencias y en la autonomía financiera de la comunidad. El otro se dirige al Tribunal Supremo y se refiere al Real Decreto 658/2025, del 22 de julio, que regula las medidas a adoptar durante situaciones de contingencia migratoria extraordinaria.
Además, el Govern, a través de la Conselleria de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, ha presentado también alegaciones en contra del procedimiento iniciado por el Estado para el traslado de los dos primeros menores extranjeros no acompañados, en conformidad con el reparto de responsabilidades impuesto por el Gobierno central.
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