El Consejo Fiscal ratifica por unanimidad la idoneidad del fiscal superior de Baleares para su cargo.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha decidido presentar nuevamente la candidatura de Julio Cano para el puesto de fiscal superior de las Islas Baleares, tras recibir el respaldo unánime del Consejo Fiscal. Esta decisión se produjo durante una reunión extraordinaria que se celebró para atender la sentencia del Tribunal Supremo, que había anulado previamente el nombramiento de Cano para permitir al órgano consultivo evaluar su situación.
El Consejo Fiscal, en su reciente informe, ha determinado que no existe incompatibilidad en la candidatura de Cano, lo cual es significativo ya que este dictamen tiene carácter vinculante en este tipo de asuntos. Esta decisión ha sido comunicada por el Ministerio Público, lo que abre la puerta a que García Ortiz reitere su propuesta de nombramiento.
La reunión, que tuvo una duración aproximada de una hora, fue convocada de manera extraordinaria a instancias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que había solicitado al Consejo Fiscal actuar con "agilidad" en esta cuestión. El tribunal había anulado el nombramiento de Cano el 19 de noviembre y ordenado que las actuaciones fueran retrotraídas para que se evaluara cuidadosamente la posible incompatibilidad de su posición.
En el fallo, el Tribunal Supremo hizo hincapié en que debía garantizarse el derecho fundamental a la promoción en la carrera fiscal con igualdad y conforme a los requisitos legales. Este pronunciamiento se enmarca en un recurso presentado por otro candidato al cargo, el fiscal de menores José Díaz Cappa, quien igualmente había alcanzado el mismo número de votos que Cano durante la deliberación del Consejo Fiscal.
Díaz Cappa argumentó que Cano enfrentaba una incompatibilidad según el artículo 58.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que prohíbe a los fiscales ejercer en la misma unidad donde trabaja su cónyuge o pareja con la que mantenga una relación afectiva, especialmente si existe dependencia jerárquica entre ambos. De acuerdo con la Sala Tercera, esta incompatibilidad se fundamenta en el hecho de que Cano mantenía una relación estable con un fiscal en una sección especializada de la Fiscalía Superior de las Islas Baleares.
El fiscal recurrente también resaltó que esta relación era de conocimiento público dentro de la Fiscalía General, dado que Cano había solicitado un informe sobre su compatibilidad que, aunque favorable, nunca se presentó ante el Consejo Fiscal, que es el encargado legal de decidir sobre tales cuestiones.
Díaz Cappa manifestó que esa incompatibilidad no se desvirtuaba por el hecho de que a la pareja de Cano se le hubiera concedido una comisión de servicios en el Ministerio de Justicia pocos días antes de la sesión del Consejo Fiscal. Argumentó que tal permiso no derivaba en la pérdida de su cargo en la Fiscalía, por lo que continuaba formando parte de la "plantilla orgánica".
Además, el fiscal recurrente indicó que la tramitación de esta comisión de servicios no cumplió con los requisitos legales, añadiendo que el fiscal general del Estado era también quien había autorizado dicha comisión, lo que podría entrar en conflicto con las responsabilidades del Consejo Fiscal en la evaluación de la candidatura de Cano.
Por su parte, la Abogacía del Estado defendió que no se daba la incompatibilidad alegada, ya que al momento del nombramiento de Cano, su pareja no ocupaba ningún puesto en la Fiscalía Superior de las Islas Baleares, ya que había cesado en su trabajo días antes. De esta manera, el análisis de su reincorporación podría realizarse más adelante, cuando corresponda.
Finalmente, la Sala Tercera reafirmó su postura al considerar que la idoneidad de los candidatos debe abarcar tanto su capacidad como la posibilidad de ejercicio, lo cual está directamente vinculado a la razón de incompatibilidad expuesta. El tribunal también criticó la falta de documentos que confirmaran que se habían seguido los requerimientos legales y reglamentarios en la tramitación de la comisión de servicio de la pareja de Cano.
Es relevante mencionar que la Sala Tercera había invalidado anteriormente el nombramiento de la ex fiscal general del Estado, Dolores Delgado, por razones análogas. Este caso también fue devuelto al Consejo Fiscal, y tras una nueva propuesta de García Ortiz, Delgado fue nombrada nuevamente.
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