Crónica Baleares.

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"El TC rechaza recurso del TSJIB sobre pensiones de viudedad en parejas de hecho"

En una decisión controvertida, el Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la cuestión presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) el año pasado en relación con el cobro de pensiones de viudedad en parejas de hecho.

El TSJIB objetaba el requisito establecido en la Ley de Seguridad Social que exige la formalización como pareja de hecho para acceder a la pensión de viudedad.

Desde Baleares se argumentaba que esta disposición podría vulnerar el principio de igualdad consagrado en la Constitución Española en lo que respecta a la protección de las familias y las prestaciones de la Seguridad Social.

La polémica surge a raíz de la negativa en 2013 a otorgar la pensión de viudedad a una mujer en Ibiza que convivía con su pareja como pareja de hecho, teniendo un hijo en común, pero que no pudo demostrar legalmente la existencia de esa relación registrada al menos dos años antes del fallecimiento del hombre, ocurrido en un accidente laboral.