Crónica Baleares.

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Audiencia Nacional declara inocentes a seis procesados por presunta célula yihadista en Inca.

Audiencia Nacional declara inocentes a seis procesados por presunta célula yihadista en Inca.

En un reciente fallo emitido por la Audiencia Nacional, se ha decidido absolver a seis individuos acusados de adoctrinamiento yihadista en Inca, Mallorca. Pese a que se presentaron vídeos "particularmente perturbadores" que contenían contenido radical, el tribunal determinó que, aunque los acusados muestran simpatía por los postulados del Estado Islámico (DAESH), estas ideas no cruzan la frontera de la mera expresión ideológica.

Según la sentencia, a la que Europa Press ha tenido acceso, la Audiencia encontró falta de pruebas que sostengan que el acceso a dicho material yihadista tuviera como objetivo preparar a los acusados para llevar a cabo actos terroristas.

Durante el juicio, la Fiscalía destacó una serie de cuatro vídeos titulados 'Toufik se fue a Siria', donde el líder señalado, Tariq C., junto a los otros coacusados, documenta el proceso ficticio de radicalización, reclutamiento y envío a Siria de un joven llamado Toufik. Este personaje, nacido de la imaginación de los acusados, es interpretado por Hussein F., otro de los mencionados en la acusación.

El tribunal aclaró que la mencionada serie de vídeos no incita en absoluto a unirse a las filas de DAESH, sino que, en realidad, tiende a disuadir a cualquiera de hacerlo. Por esta razón, se concluye que no es posible considerar este material como un delito de adoctrinamiento terrorista.

La Audiencia también identificó a Tariq C. como un conocido predicador en la comunidad musulmana, gracias a su presencia en YouTube, donde promueve una interpretación salafista del islam y, aunque podría compartir ciertos conceptos que favorecen la 'yihad', sus mensajes son diversos y no alcanzan un sentido absoluto. Se menciona, por ejemplo, un sermón que ofreció en 2014 en la mezquita de Manacor, en el que instó a los musulmanes a cuidar de sus mayores.

En cuanto a los otros acusados, el tribunal subrayó que el simple acceso a internet en búsqueda de información sobre formas de violencia política de raíz yihadista no es suficiente para llevar a cabo condenas. Es esencial establecer la existencia de comportamientos que se consideren peligrosos por sí mismos o por el uso que se les pueda dar.

Finalmente, la jurisprudencia establece que para probar la autoformación en radicalismo violento, es necesario demostrar que se dirige a la preparación de un delito de terrorismo o al adoctrinamiento de otros, tal como resumió el tribunal en su fallo.

La Fiscalía había solicitado penas que oscilaban entre cinco y ocho años de prisión, así como multas de hasta 12,000 euros, alegando delitos de adoctrinamiento y autoadoctrinamiento terrorista, según los documentos de la acusación.