Crónica Baleares.

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El TC acepta cuestionamiento sobre contratación de VTC con 30 minutos de anticipación.

El TC acepta cuestionamiento sobre contratación de VTC con 30 minutos de anticipación.

El Tribunal Constitucional ha anunciado que ha admitido la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo en relación a la precontratación de VTC en Baleares con 30 minutos de antelación. El TC ha aceptado específicamente la cuestión presentada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo contra el artículo 2.2 del Decreto-ley del Govern 1/2019, de 22 de febrero, de medidas urgentes sobre la explotación y el control de la actividad de alquiler de vehículos con conductor y otras medidas en materia de transportes terrestres.

El artículo en cuestión obliga a que el servicio de VTC sea reservado con 30 minutos de antelación. El Tribunal Supremo advierte que este requisito podría ser una vulneración del artículo 38 de la Constitución referido a la libertad de empresa en el contexto de la economía de mercado.

El Tribunal Supremo también explica que la exigencia de preaviso con una antelación mínima de 30 minutos se establece en una norma de la Comunidad con rango legal, reproducida luego en la disposición reglamentaria, lo cual no permite la anulación de la última por sentencia. Por esta razón, es necesario el planteamiento previo de una cuestión de inconstitucionalidad de la norma legal que causa la disposición reglamentaria.