Hombre condenado a 173 años por abusos a 16 menores no puede reducir su pena, decide el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo, a raíz de la apelación presentada por el Ministerio Fiscal, ha revocado una reducción de pena concedida en base a la ley del 'sólo sí es sí' en favor de un hombre condenado a 173 años de prisión en 2006 por abuso y agresión sexual a 16 menores.
En aquel momento, la Audiencia Provincial de Baleares emitió una sentencia condenatoria en la que se estableció que el acusado había aprovechado la situación de vulnerabilidad de los niños, invitándolos a su apartamento en Palma, donde los sedaba. Aprovechando su estado de semiinconsciencia y somnolencia, el hombre llevaba a cabo tocamientos de todo tipo, incluso actos de felación, e incluso llegó a practicar penetración anal en varias ocasiones.
Además, en otros casos, el imputado mantenía relaciones sexuales con menores, aprovechándose de la relación previa que había establecido con ellos. El acusado incluso grababa estas acciones.
Con la entrada en vigor de la conocida como ley del 'sólo sí es sí', el individuo solicitó una revisión de su condena, y en febrero de 2023, la Audiencia Provincial acordó la revisión de la pena, reduciéndola en diez años en total.
El Ministerio Fiscal recurrió esta decisión y anunció su intención de presentar una apelación basada en una supuesta violación de la ley. La apelación ha sido aceptada por el Tribunal Supremo, que ha decidido mantener las penas impuestas en sentencia firme y los plazos de cumplimiento establecidos.
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