Tribunal Supremo exonera a acusado de violación al considerar que la falta de un 'no' claro, debido al consumo de alcohol, genera dudas sobre el consentimiento.

Un fallo reciente del Tribunal Supremo en España ha llevado a la absolución de un hombre que había sido condenado a siete años de prisión por abuso sexual. Los magistrados argumentaron que la única evidencia presentada por la denunciante, su declaración, no era suficiente para imponer una pena, destacando la falta de corroboración y la existencia de dudas razonables en el caso.
La decisión del tribunal revoca la sentencia anterior de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, que había respaldado las acusaciones. Al analizar el recurso de casación del acusado, los jueces concluyeron que su presunción de inocencia había sido comprometida, ya que carecían de pruebas que confirmaran las afirmaciones de la denunciante sobre la falta de consentimiento.
En su resolución, el Supremo señala que no se consideraron probadas las afirmaciones de la denunciante de que las relaciones sexuales fueron forzadas. La sentencia recalca que las declaraciones de testigos, incluida una amiga de ambos, sugieren que la mujer no expresó oposición en el momento de los hechos, lo que introduce una duda razonable en la narración de la denunciante.
Los magistrados también hicieron hincapié en el estado de estrés de la denunciante durante el juicio, lo que afectó su capacidad para presentar su testimonio de manera clara. Esto llevó al tribunal a cuestionar la fiabilidad de sus declaraciones, que estaban marcadas por inconsistencias.
Los hechos que dieron lugar a la condena se remontan a una noche de septiembre de 2018, cuando tanto el acusado como la denunciante habían estado consumiendo alcohol y drogas tras salir de una discoteca. Según la versión de los eventos, el acusado habría llevado a la mujer a un lugar abandonado, donde se alegó que se aprovechó de su estado para mantener relaciones sexuales sin su consentimiento.
Aunque la denuncia indicó que la mujer había manifestado su resistencia verbalmente, el tribunal concluyó que no había claridad suficiente sobre su falta de consentimiento debido a su estado, en el que podría haber estado bajo la influencia del alcohol y las drogas. Además, la joven no había mencionado su negativa de manera clara en ese instante.
El tribunal también enfatizó que la declaración de la amiga de la denunciante, quien aseguró que ésta no fue forzada, no podía ser considerada prueba concluyente. Subrayaron que esta declaración, al ser meramente referencial, no respaldaba su versión de los hechos en un sentido legalmente válido.
Finalmente, los magistrados resaltaron que la mera afirmación de lo que ocurrió, sin una sólida argumentación y evidencias que la apoyen, no permite la condena de una persona. En este caso, sostuvieron que la falta de pruebas adicionales y testimonios contradictorios llevaron a la decisión de absolver al acusado, reafirmando la importancia del principio de presunción de inocencia en el sistema judicial.
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